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ESTUDIO DE ARQUITECTURA ESPECIALIZADO EN ITE Y REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS

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Antes de empezar convendría saber qué es lo que se conoce como I.T.E. (Inspección Técnica de Edificios).

La I.T.E. es una inspección obligatoria para todos aquellos edificios con una antigüedad de más de 30 años. Esta debe realizarse por un técnico competente, arquitecto o arquitecto técnico (aparejador). Estos informes deben de ir visados por el colegio oficial correspondiente. El fin de estas inspecciones es el de preservar la seguridad del edificio.

Una vez aclarado el concepto de I.T.E., pasamos a explicar cuáles son las partes del edificio que se inspeccionan.

- Estado de la estructura y de la cimentación.

- Estado de fachadas interiores, exteriores, medianeras y otros paramentos, en especial en lo que pueda poner peligro para la pública.

- Estado de conservación de cubiertas y azoteas.

- Estado de las redes generales de fontanería y saneamiento del edificio.

Nuestro arquitecto visitará su edificio y tomará buena nota del estado de dichas partes del edificio.

Según el estado de conservación de éstas se podrán plantear dos posibilidades:

- 1ª OPCIÓN: Que su estado no represente ningún tipo de peligro y esté en condiciones óptimas. Por lo que se le dará el visto bueno y se considerará la I.T.E. como FAVORABLE. En este caso se procederá a rellenar la correspondiente Acta Favorable, se presentará ante el organismo correspondiente y se finalizará el proceso. Llegados a este punto, los propietarios del edificio se desentenderán hasta transcurridos los siguientes 10 años, tiempo tras el cual deberán de volver a pasar la I.T.E.

- 2ª OPCIÓN: Que por el contrario se detecte un deficitario estado de conservación de una o de varias partes del edificio por lo que se considerará la I.T.E. como DESFAVORABLE. En este otro caso se rellenará la correspondiente Acta Desfavorable, se presentará ante el organismo correspondiente y su posterior aprobación quedará supeditada a la subsanación de las deficiencias detectadas. Una vez corregidas estas deficiencias se procederá a redactar el correspondiente Certificado de Idoneidad y quedará finalizado el proceso hasta dentro de 10 años. Periodo tras el cual tendrían que volver a pasar la I.T.E.

 

A continuación le falicitamos un enlace donde puede consultar si su edificio ha de pasar la I.T.E. en este año 2010.

LISTADO DE EDIFICIOS ITE 2010

 

 

 

 

 

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