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PROCEDIMIENTO ITE MADRID
PROCEDIMIENTO ITE MADRID TLF: 91 437 95 75 info@itearqmadrid.es
INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS (ITE). PROCEDIMIENTO.
Los propietarios de edificios tienen el deber de mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro, realizando las obras precisas para conservarlos o rehabilitarlos, previa solicitud de los permisos correspondientes. La Inspección Técnica de Edificios hará referencia necesariamente a los siguientes aspectos: -Estado de la estructura y cimentación. -Estado de fachadas interiores, exteriores, medianeras y otros parámetros, en especial en lo que pueda suponer peligro para la vía pública. -Estado de conservación de cubiertas y azoteas. -Estado de las redes generales de fontanería y saneamiento del edificio. La obligación de efectuar la Inspección Técnica de Edificios (ITE) corresponde a los propietarios de los mismos. Para facilitar su realización, el Ayuntamiento elabora un padrón de edificios sujetos a inspección, que se expone al público durante un plazo de 30 días dentro del año anterior al inicio del plazo correspondiente. DESTINATARIOS Propietarios de edificios sujetos a inspección. CÓMO REALIZAR EL TRÁMITE PRESENCIALMENTE: entregando la documentación requerida en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid o en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes. Previamente, el PROPIETARIO DEBERÁ CONTRATAR UN TÉCNICO competente en la materia para QUE LLEVE A CABO LA INSPECCIÓN Y CUMPLIMIENTO DE DOCUMENTACIÓNNECESARIA. PLAZO: Dentro del año siguiente a aquél en el que los edificios cumplan 30 años de antigüedad desde la fecha de terminación total de su construcción u obras de reestructuración total. Puede consultar más información sobre los plazos para realizar la ITE accediendo al enlace relativo a plazos disponible en esta página. DOCUMENTACIÓN -IMPRESOS normalizados de solicitud que pueden descargarse desde el apartado IMPRESOS de la anterior página. También pueden obtenerse en los Registros Municipales, en el Área de Urbanismo y en las Juntas Municipales de Distrito. Se establecen dos modelos diferentes según el resultado (favorable o desfavorable), que serán visados por el Colegio Profesional correspondiente una vez cumplimentados y firmados por técnico y propiedad. -Plano parcelario ubicando la finca de referencia. Se presentrán dos copias del Acta del ITE si es desfavorable y una si es favorable. ÓRGANO GESTOR Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda del Ayuntamiento de Madrid. |
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